domingo, 8 de julio de 2012

Fraudes en asuntos de migración

Recuerde que los consultores o asesores en materia de migración no necesariamente son abogados ni todos tienen licencia del estado. Ellos pueden orientarle sobre cómo llenar formas y solicitudes, ayudarle a conseguir los documentos que deben acompañar a su solicitud, registrarla ante las autoridades migratorias, pero no pueden asesorarle en sustitución de un abogado.
Notarios públicos
Los notarios públicos en Estados Unidos no tienen las mismas funciones que los notarios en México. En este país, un notario no es abogado y no tiene permiso para dar consultas jurídicas o legales. No puede representarle ante los jueces migratorios. Sólo puede certificar firmas en documentos, traducirlos y ayudar en algunos trámites.
Si ha decidido contratar los servicios de un abogado o asesor en asuntos de migración exija firmar un contrato que indique a qué exactamente se compromete el abogado o asesor.
1.4. Permisos de trabajo
Frecuentemente se escucha en la radio y la televisión o se pueden leer anuncios en la prensa sobre agencias u oficinas que tramitan permisos de trabajo para inmigrantes, o para traer familiares desde otros países. En su gran mayoría, los permisos de trabajo en esos casos se
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tramitan a través de una solicitud previa de asilo político. Sin embargo, en el caso de México es difícil que se autorice un permiso de trabajo por motivos políticos, ya que el arribo de los mexicanos a este país es, principalmente, por razones económicas. Al rechazarse la petición de asilo político los interesados son automáticamente deportados.
Recuerde que el antídoto más eficaz contra los fraudes es desconfiar de todo aquello que suene demasiado bueno para ser verdad. Además, no olvide las siguientes medidas contra fraudes:
• Solicite los servicios de organizaciones o profesionales reconocidos o bien de alguien que le hayan recomendado.
• Cada vez que pague por un servicio pida el recibo correspondiente.
• Nunca entregue los originales de los documentos que le pidan.
• Exija que le den una copia de todos los documentos que a su nombre envíen a las autoridades migratorias.
• Verifique las referencias del abogado o de la organización legal a la que acude.
• No pague dinero por anticipado.
• Exija que le den una copia del contrato en el que se especifique el servicio que le ofrecen y la suma que le cobraron.
Si cambia de domicilio notifíquelo a su abogado u organización de migración para evitar el extravío de documentos. Si es víctima de fraude por parte de una agencia o despacho denúncielo, aun cuando usted sea indocumentado. Al denunciar fraudes no se verifica la situación migratoria de quien la presenta. Además, acuda al Consulado de México para recibir orientación cuando tenga dudas.
2. Información para los mexicanos al internarse en Estados Unidos por un aeropuerto
Al arribar a un aeropuerto las autoridades migratorias revisarán sus documentos y le preguntarán el tiempo de su estancia. Si todo está en orden le permitirán entrar al país dándole una forma I-94.
Documentos que debe presentar a las autoridades al ingresar a Estados Unidos:
• Pasaporte expedido por el gobierno de su país de origen, con vigencia mínima de seis meses.
• Una visa expedida por una representación de Estados Unidos en el extranjero (consulado o embajada).