domingo, 8 de julio de 2012

¿Pueden cancelar mis documentos?

Las autoridades migratorias tienen la facultad de cancelar su tarjeta de cruce local o visa de turista si el oficial tiene bases para determinar que el propósito de su visita a Estados Unidos no corresponde al documento migratorio que presentó. Si usted trae consigo algún documento que indique que usted vive en Estados Unidos, por ejemplo: recibo de renta, pago de luz, tarjeta de crédito, licencia de conducir, etc., el oficial le puede cancelar su documento migratorio. Lo mismo pasa si algún miembro de su familia recibió asistencia pública. (Welfare, Medicare o similares), sin ser residente legal en Estados Unidos.
2.4. Revisión de pertenencias personales de los extranjeros
Según las regulaciones internas de migración, los oficiales tienen derecho a revisar sus pertenencias.
Recuerde que no debe:
• Hacer declaraciones falsas.
• Hacerse pasar por otra persona.
• Presentar documentos falsos.
• Ocultar que lleva dinero consigo.
Llevar consigo dinero no es un delito; pero, si usted trae más de 10 mil dólares debe declarar la suma en una for13
ma especial que las aduanas otorgan en el avión o al llegar al aeropuerto. Si no declara ese dinero las autoridades pueden decomisarlo. No obstante que existe la posibilidad de recuperarlo, para ello se debe pasar un trámite que puede durar varios meses, demostrar que la procedencia es lícita y pagar una multa.
3. Asuntos penales
¿Puede un agente de policía en la calle hacerme preguntas sin que haya cometido alguna violación de la Ley?
Sí. Un agente de policía puede acercarse a usted y hacerle preguntas. Mientras el agente no suponga que usted está obligado a contestarlas no está él violando ninguna regla. Al mismo tiempo, usted no está obligado a contestar a las preguntas del policía.
¿Puedo alejarme del policía que me está haciendo preguntas en la calle?
A menos que el policía tenga una “sospecha justificada” para detenerle, usted tiene el derecho legal de alejarse. Sin embargo, para evitar problemas sería conveniente consultar al oficial si tiene algún inconveniente de que usted se retire, toda vez que tiene prisa y no tiene tiempo para responder a sus preguntas en ese momento. Si el policía se opone, obedézcalo, permanezca en el lugar y deje para después la averiguación sobre si había o no razón para su detención.
3.1. Quinta Enmienda a la
Constitución de EU
Un gran número de inmigrantes sujetos a proceso penal dicen haber firmado confesiones en alguna de las siguientes circunstancias:
• Sintiéndose intimidados en el momento del arresto o del interrogatorio.
• Confiando en los agentes de policía o de migración que les ofrecen ayuda.
• Aceptando haber cometido un delito sin saberlo por no entender ni hablar inglés.
Por eso es importante saber que, en procedimientos penales, el detenido o arrestado no está obligado a declarar o a hacer afirmaciones auto incriminatorias